Para poder realizar el inicio de actividades ante el SII, se debe tener en consideración que para representar legalmente a una sociedad como administrador, gerente, director o a cualquier título, es requisito ser chileno o extranjero con visa definitiva o con visa temporaria (aquella que permite realizar cualquier actividad lícita). No puede representar legalmente a una sociedad si es extranjero con visa sujeta a contrato, con visa de estudiante, o con la condición de dependiente de un extranjero con visa temporaria, sujeta a contrato o de estudiante.