1.- ¿Qué es una E.I.R.L.?
La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada es una persona jurídica con patrimonio propio distinto al del titular, la cual tiene un solo objeto o giro comercial.
2.- ¿Por qué constituir una E.I.R.L.?
Porque permite separar el patrimonio de la empresa del patrimonio de su dueño. Además, limita la responsabilidad al monto del aporte del titular.
La empresa tiene vida económica y responde de sus propios actos, siempre y cuando se encuentren dentro de su giro.
3.- ¿En qué casos el titular de una E.I.R.L. es responsable ilimitadamente?
El titular responderá ilimitadamente con sus bienes, en los siguientes casos:
- Por los actos y contratos efectuados fuera del objeto de la empresa, para pagar las obligaciones que emanen de esos actos y contratos;
- Por los actos y contratos que se ejecuten sin el nombre o representación de la empresa, para cumplir las obligaciones que emanen de tales actos y contratos;
- Si la empresa celebra actos y contratos simulados, oculta sus bienes o reconoce deudas supuestas, aunque ello no implique un perjuicio inmediato a la contraparte del acto o contrato simulado;
- Si el titular percibe rentas de la empresa que no guarden relación con la importancia de su giro, o efectúe retiros que no correspondan a utilidades líquidas y realizables que pueda percibir, o
- Si el titular, los administradores o representantes legales hayan sido condenados por los delitos concursales.
4.- ¿Cuántos socios puede tener una E.I.R.L.?
Una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada no tiene socios, sino que un único constituyente o titular.
5.- ¿Qué deben contener los estatutos sociales?
Según la Ley N°19.857, los estatutos de la empresa deben contener, como mínimo, las siguientes menciones:
- La individualización del constituyente.
- La razón social.
- El objeto o giro social.
- El capital.
- El domicilio de la empresa.
- La duración de la empresa.
6.- ¿Cómo debo completar la razón social de una E.I.R.L.?
La razón social es el nombre de la empresa. En el caso de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, éste debe incluir, al menos, el nombre y apellido paterno del constituyente, sumado a la actividad económica del objeto o giro de la empresa y deberá concluir con las palabras "Empresa Individual de Responsabilidad Limitada" o la abreviatura "E.I.R.L.". Además, puede agregar un nombre de fantasía que tendrá como única limitante que termine con E.I.R.L.
Ejemplos:
- AGRÍCOLA JUAN EDUARDO PÉREZ GONZÁLEZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
- SERVICIOS DE ENCARGO Y ENCOMIENDAS JUAN EDUARDO PÉREZ GONZÁLEZ E.I.R.L.
7.- ¿La E.I.R.L. puede tener más de un objeto o giro comercial?
El objeto o giro comercial de una E.I.R.L. es único y restringido, el cual debe circunscribirse a una determinada actividad económica, indicando el ramo o rubro que desarrollará (Ejemplo: actividad comercial, industrial, agrícola o minera).
8.- ¿Puede ser un tercero el representante legal ante el SII de una E.I.R.L.?
No, en una E.I.R.L. el representante ante el SII y el administrador debe ser el mismo constituyente, a excepción que sea un extranjero sin visa de permanencia definitiva, en cuyo caso debe ser un chileno o un extranjero que la tenga.
9.- ¿En qué consiste capital de la E.I.R.L.?
El capital de la E.I.R.L. es el aporte otorgado por el constituyente el que deberá quedar especificado de manera precisa en el estatuto.
10.- ¿Qué puedo aportar a la E.I.R.L.?
La Ley N° 19.875 en su artículo 4 letra c, menciona que los aportes pueden consistir en bienes inmuebles y/o muebles, incluyéndose en estos últimos el dinero.
11.- ¿Quién administra la E.I.R.L.?
La E.I.R.L. es administrada por su titular, pero excepcionalmente podrá ejercer ese cargo un tercero designado por el titular mediante escritura pública de mandato general o especial, anotada en el Registro de Empresas y Sociedades.
12.- ¿Cuál es la duración de la empresa?
La duración de una E.I.R.L. será aquella que el constituyente determine al momento de la constitución de la empresa, sin perjuicio de su prórroga. Si no se especifica, se entenderá que es indefinida.
13.- ¿Puedo tener dos o más E.I.R.L.?
La Ley N° 19.857 no lo objeta, por lo tanto se pueden constituir varias E.I.R.L. de un mismo titular, siempre y cuando no tengan el mismo giro y se cumpla con la especificidad del objeto en su razón social.
14.- ¿Cómo se modifican los estatutos de la E.I.R.L.?
Para modificar los estatutos de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, debes realizar el trámite a través del sitio www.RegistroDeEmpresasySociedades.cl e ingresar en el formulario los datos que deseas cambiar y luego firmar electrónicamente para así consolidar la modificación de la empresa.
15.- ¿Puedo vender una E.I.R.L?
Sí, para vender los derechos de una E.I.R.L. deberás hacerlo a través de una modificación en el Registro de Empresas y Sociedades (www.RegistroDeEmpresasySociedades.cl). Para hacerlo:
- En el Paso 1 selecciona: Agregar otros pactos a la escritura.
- Escribe como nombre de referencia del pacto lo siguiente: TRANSITORIO: CESIÓN DE DERECHOS y redacta en el campo la cesión misma.
- Cambia la razón social de la empresa por el que corresponda al nombre del nuevo dueño.
- Para finalizar el proceso, deberán firmar con su Firma Electrónica Avanzada.
16.- ¿Puedo vender mis derechos sociales de mi E.I.R.L. a mi cónyuge?
No, la cesión de derechos entre cónyuges no está permitida por ley. En caso de hacerlo, la actuación será nula.
17.- ¿Cómo puedo sanear mi E.I.R.L.?
Para sanear una E.I.R.L. debes realizar el trámite en el sitio www.RegistroDeEmpresasySociedades.cl, que consiste en efectuar una solicitud de saneamiento, mencionando cuáles son los campos en que has incurrido en un vicio o error y cómo deben quedar. Luego de realizado el saneamiento, debes firmar electrónicamente. Finalmente, el saneamiento será revisado por el departamento jurídico del Registro de Empresas y Sociedades.
18.- ¿Puedo transformar mi E.I.R.L. en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, en una Sociedad Anónima o en una Sociedad por Acciones?
Sí, una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada puede transformarse en una sociedad de cualquier tipo, siempre que cumpla los requisitos y formalidades que establece el estatuto jurídico de la sociedad en la cual se transforma. Para transformar una E.I.R.L. en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, la empresa debe incorporar al menos a un socio, el cual debe hacer un aporte a la nueva sociedad o registrar la cesión de derechos que recibe como pacto transitorio y modificar la razón social.
19.- ¿Cuáles son las causales de término de una E.I.R.L.?
Una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada terminará:
a. Por voluntad del empresario;
b. Por la llegada del plazo previsto en el acto constitutivo de la empresa;
c. Por el aporte del capital de la empresa a una sociedad;
d. Por dictarse la resolución de liquidación o
e. Por la muerte del titular. Los herederos podrán designar un gerente común para continuar el giro de la empresa hasta por el plazo de un año, al cabo del cual terminará la responsabilidad limitada.
20.- ¿Cómo puedo disolver mi E.I.R.L.?
Si hiciste Inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), para disolver o poner término a una E.I.R.L. debes concurrir ante esta institución y solicitar el término de giro. Luego, debes realizar el trámite de disolución en www.RegistroDeEmpresasySociedades.cl, ingresar los datos que te solicita el formulario y firmar electrónicamente.